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  ¿Qué es un Comercializador

 

PREGUNTAS FRECUENTES

 

 

¿Qué es un Exportador?

Persona física o moral que se dedica a la venta de café en el extranjero, debidamente registrado en el padrón de exportadores del Sistema Informático de la Cafeticultura Nacional.

 

¿Qué es un Certificado de Origen?

Es una prueba documental de que un producto es considerado de México. Para ello debe cumplir con "requisitos de transformación o elaboración" que son conocidos como normas de origen.

 

¿Cuándo se requiere un Certificado de Origen?

Cuando la cantidad de café a exportar sea mayor a:

  • 60kg netos de café verde; o
  • 120kg netos de café cereza seca; o
  • 75kg netos de café pergamino; o
  • 50.4kg netos de café tostado, o
  • 23kg netos de café instantáneo, soluble o líquido.

 

¿Cómo puedo obtener un Certificado de Origen?

El primer paso es contar con un registro como exportador de café. Con tu registro de exportador puedes tramitar directamente el Certificado de Origen a través del Sistema Informático. Si cuentas con tu registro de exportador y no cuentas con acceso al Sistema Informático, comunícate a la Coordinación Sistema Producto Café donde podrás tramitar tu Certificado de Origen en un plazo no mayor a un día.

 

¿Cómo obtengo mi registro como Exportador?

 

PERSONA FÍSICA

 

  • Copia de identificación oficial.
  • Copia a color de la Cedula del Registro Federal de Contribuyentes.
  • Comprobante de domicilio fiscal actual (máximo 2 meses de antigüedad).
  • Copia del R2 en caso de haber cambio de domicilio fiscal, en la que se pueda apreciar el sello de recepción del SAT.
  • Llenar debidamente la solicitud (dos originales).
  • Llenar debidamente la solicitud del Padrón Nacional de Exportadores (dos originales).
  • Carta de recomendación suscrita por un miembro del sector cafetalero (dicha carta debe venir en papel Membretado, y la persona que firma debe poner su cargo, así como su domicilio y teléfono fijo, en donde se puedan corroborar los datos.

 

PERSONA MORAL

 

  • Copia certificada por Notario Público del Acta Constitutiva.
  • Copia certificada por Notario Público del poder del representante legal de la Empresa, el cual debe ser general para actos de administración.
  • Copia de identificación oficial del representante legal de la Empresa.
  • Copia a color de la Cedula del Registro Federal de Contribuyentes.
  • Copia del R2 en caso de haber cambio de domicilio fiscal, en la que se pueda apreciar el sello de recepción del SAT.
  • Comprobante de domicilio fiscal actual (máximo 2 meses de antigüedad).
  • Llenar debidamente la solicitud (dos originales).
  • Llenar debidamente la solicitud del Padrón Nacional de Exportadores (dos originales).
  • Carta de recomendación suscrita por un miembro del sector cafetalero (dicha carta debe venir en papel Membretado, y la persona que firma debe poner su cargo, así como su domicilio y teléfono fijo, en donde se puedan corroborar los datos.

 

Una vez recibida, revisada y validada la documentación, se enviará el convenio vía correo electrónico, el cual deberá ser firmando todas las hojas al margen y remitido nuevamente por duplicado (dos originales) a esta coordinación. El exportador deberá depositar el pago para el servicio del presente ciclo, por lo que se deberá enviar una copia de la ficha de depósito.

 

NOTA: Es condición que la actividad preponderante del R.F.C. esté relacionada con actividades del sector alimentario.

 

En el supuesto que el usuario del SICN hubiese sufrido algún cambio (representación legal, domicilio o algún otro), deberá enviar la documentación soporte que lo avale.

 

¿Puedo enviar mis documentos vía Fax?

No, los documentos deberán ser enviados por servicio postal o paquetería, con el propósito de contar con un expediente confiable de cada Exportador.

 

¿Cuánto es el tiempo estimado para obtener el registro y/o habilitación?

Una vez que el Área Jurídica de la Coordinación Sistema Producto Café reciba la solicitud de inscripción se lleva acabo una dictaminación de la documentación y, en un periodo de 10 días hábiles aproximadamente obtienes tu registro, en caso de que así proceda.

 

¿Cual es la Diferencia entre Habilitación y Registro?

La habilitación es para las personas físicas o morales que ya cuentan con un registro en el Sistema Informático de la Cafeticultura Nacional y el registro es la inscripción de personas físicas o  morales, al sistema SICN.

 

¿Cómo puedo cancelar un Certificado de Origen cuando no se ha impreso?

Si el certificado de origen no ha sido impreso por el Agente Aduanal, enviar escrito libre solicitando la cancelación o modificación del certificado de origen, en caso de que así proceda.

 

¿Cómo puedo cancelar un Certificado de Origen cuando ya fue impreso?

Si el certificado de origen ya ha sido generado por el Agente Aduanal, enviar escrito firmado por el Agente Aduanal, mandatario, Representante Legal o representante legal del Exportador solicitando la cancelación del certificado.

  • Anexar el certificado de origen a cancelar.
  • Realizar un pago de $700.00 por certificado a cancelar.
  • Anexar copia de ficha de pago.
  • Enviar la documentación descrita en un plazo no mayor a 5 días después de la impresión del certificado de origen.

 

NOTA: El pago lo debe realizar quien haya incurrido en el error, ya sea el Agente Aduanal o el Exportador.

 

¿Cómo puedo dar de alta un importador no registrado en el Sistema?

En tal caso deberás ingresarlo al Sistema Informático a través de la pantalla de importadores, a la que se accede a través del Menú "Archivo" y "Captura de importadores". Una vez que lo hayas dado de alta comunícate a la Coordinación Sistema Producto Café para que sea autorizado.

 

¿Cómo debo marcar mi producto para exportación?

A cada exportación de café le será asignada una Marca de Identificación de la OIC, que será exclusiva del Lote de café de que se trate.

 

La Marca de Identificación se imprimirá dentro de un recuadro en todos los sacos o envases o estampará en una etiqueta metálica adherida a los sacos u otros envases y se hará constar en el campo 10 del Certificado de Origen.

 

Esa marca estará integrada por la Clave del País (México: 016) la Clave de Registro de Exportador de Café  (cuatro dígitos como máximo) y el Número de Lote de café (cuatro dígitos como máximo) que el exportador asignara a cada uno de los Lotes que exporte, comenzando con él numero “0001” a partir del 1º de octubre de cada año, inclusive, y siguiendo por orden progresivo hasta el 30 de septiembre del año siguiente.

 

¿Cuál es el periodo de habilitación dentro del SICN?

Durante un año, es el periodo de un ciclo cafetalero. Inicia el 1° de octubre y finaliza el último día de septiembre del siguiente año, al finalizar el ciclo se inicia nuevamente los trámites para la habilitación del ciclo siguiente.

 

 

 

 

 
 

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