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  Requisitos de Elegibilidad para el Programa de Fomento 2008

 

Requisitos de Elegibilidad para el Programa de Fomento 2008.

 

Requisitos por Productor:

 

1)       Estar registrado en el Padrón Nacional Cafetalero

Contar con folio de productor y al menos un predio cafetalero que cumpla con los requisitos de predio.

2)       Tener registro de comercialización en el Sistema Informático para la Cafeticultura Nacional (SICN)

Corresponde al registro de las operaciones de Compra-Venta de Café a través del SICN en alguno de los ciclos de recuperación de apoyos 2004-2005, 2005-2006 y 2006-2007, eliminando la comercialización de meses de emisión de apoyos registrada en el periodo de Octubre - Noviembre del 2005 y  Julio – Agosto 2006 por encontrarse en época neutra (no apoyos y no recuperaciones).

3)       No tener adeudos y/o asuntos pendientes de programas anteriores.

En caso de tener algún asunto pendiente no será considerado como sujeto de apoyo hasta en tanto no sea regularizado.

4)       Tener concluida la actualización de Datos en el Padrón Nacional Cafetalero hecha durante el 2006.

En caso de haber solicitado alguna modificación a los registros en el Padrón Nacional Cafetalero en el año 2006, será considerado como sujeto de apoyo quien haya concluido dicho trámite correctamente.

5)       Productores Fallecidos

Cuando el productor titular ha fallecido no se podrán entregar apoyos a terceros.

 

 

Requisitos de Predio:

 

1)       Predios Poligonizados

Se considera como predios poligonizados aquellos que cuentan con superficie medida y altimetría es mayor 0.0 m.s.n.m.

2)       Predios con participación en reconversión en 3 ocasiones

Los predios que recibieron apoyos bajo esta componente en tres ocasiones no serán considerados como sujetos de apoyo ya que fueron reconvertidos a otro cultivo.

 

 

Criterios de Asignación

 

Productividad

 

Se considera como productividad al porcentaje obtenido de la comparación del registro de comercialización entre los ciclos de apoyo contra los ciclos de recuperación, eliminando los periodos de Octubre – Noviembre 2005 y Julio – Agosto 2006.

 

El resultado de la operación algebraica de la suma de los quintales registrados en el SICN como se indica a continuación:

 

PORCENTAJE = [[(QUINTALES0405 + QUINTALES0506 + QUINTALES0607)/3] / [(QUINTALES0203 + QUINTALES0304)/2]] X 100

 

De acuerdo al resultado obtenido se determinará el estrato de productividad corresponde de acuerdo a la siguiente descripción:

 

1.       Mayor a 0.00 % hasta o igual al 25.00 %.

2.       Mayor a 25.00% hasta o igual al 50.00 %.

3.       Mayor a 50.00% hasta o igual al 75.00 %.

4.       Mayor a 75.00%

 

 

Productores con cultivos Orgánicos

 

Serán identificados como productores con cultivos orgánicos aquellos productores que se encuentran en el Padrón Nacional Orgánico levantado en el 2007, considerando la totalidad de los predios asociados a estos productores con este tipo de prácticas.

 

 

Estrato de Superficie

 

Se clasifica el estrato de superficie en tres diferentes niveles:

1.       Mayor a 0.00 menor o igual a 0.50 ha

2.       Mayor a 0.50 menor o igual a 1.00 ha

3.       Mayor a 1.00  menor o igual a 100.00 ha

 

Para determinar en que estrato se encuentra cada productor se deber realizar la suma de sus predios que cumplan con los requisitos señalados anteriormente. En el caso de los productores cuya suma de la superficie de sus predios sea mayor a 100.00 ha el calculo del apoyo será de 100.00 ha.

 

 

Modalidades de Apoyo

 

Componente de Apoyo

 

 

Por Productor

 

El cálculo del apoyo será por un monto fijo por productor y de acuerdo al rango de productividad en que se encuentre, no considerando la suma de la superficie de los predios que cumplan con los requisitos de Predio y que correspondan a los Estratos de Superficie 1 y 2.

 

 

Por lo que se definen las componentes de apoyo como a continuación se indica:

 

1.       “PRODUCTORES CON SUPERFICIE HASTA 0.5 HA, CON CULTIVOS CONVENCIONALES”

2.       “PRODUCTORES CON SUPERFICIE MAYOR A 0.5 HASTA 1.0 HA, CON CULTIVOS CONVENCIONALES”

3.       “PRODUCTORES CON SUPERFICIE HASTA 0.5 HA, CON CULTIVOS ORGÁNICOS”

4.       “PRODUCTORES CON SUPERFICIE MAYOR A 0.5 HASTA 1.0 HA, CON CULTIVOS ORGÁNICOS”

 

 

Por Hectárea

 

El cálculo del apoyo será por un monto fijo multiplicado por la superficie de los predios que cumplan con los requisitos de Predio, hasta por un total de 100.00 ha y de acuerdo al rango de productividad en que se encuentre registrados, los cuales deben estar incluidos en el Estrato de Superficie 3.

 

 

Por lo que se definen las componentes de apoyo como a continuación se indica:

 

1.       “FOMENTO PRODUCTIVO CON CULTIVOS CONVENCIONALES”

2.       “FOMENTO PRODUCTIVO CON CULTIVOS ORGÁNICOS”

 

 

 

 

 

 

 

De a cuerdo a lo señalado en los criterios de asignación se desprenden los siguientes montos de asignación:

 

 

MONTOS DE ASIGNACIÓN

NOMBRE COMPONENTE